Período de comentarios ahora abierto para la norma nacional de prevención de enfermedades y lesiones por calor propuesta por OSHA


En los talones de El nuevo estándar de prevención de enfermedades causadas por el calor en interiores de California entrando en vigor, la Administración federal de Salud y Seguridad Ocupacional (“OSHA”) anunció una propuesta de estándar nacional para la prevención de enfermedades causadas por el calor y las lesiones (“Regla propuesta”). La regla propuesta cubre lugares de trabajo interiores y exteriores donde el índice de calor alcanza los 80°F o más. Los empleadores que deseen presentar comentarios sobre la regla propuesta tienen hasta el 30 de diciembre de 2024 para hacerlo.

1. Fondo

Desde 2021 se está elaborando una regulación nacional para la prevención de enfermedades causadas por el calor. En abril de 2022, OSHA implementó su Programa de Énfasis Nacional sobre Peligros Relacionados con el Calor en Interiores y Exteriores alentar a los empleadores a reducir o eliminar la exposición de los trabajadores a peligros relacionados con el calor que resultan en enfermedades, lesiones y muertes. En julio de 2023, OSHA anunció un plazo de tres años. Programa de Énfasis Nacional para abordar los peligros laborales relacionados con el calor en almacenes, instalaciones de procesamiento, centros de distribución y establecimientos minoristas de alto riesgo. El 2 de julio de 2024, OSHA anunció su Norma Propuesta y, el 30 de agosto de 2024, publicó su Aviso de reglamentación propuesta para “Prevención de enfermedades y lesiones por calor en entornos de trabajo interiores y exteriores”. El público tiene hasta el 30 de diciembre de 2024 para enviar comentarios sobre la regla propuesta. Después del cierre del período de comentarios y de la audiencia pública, si se lleva a cabo, OSHA debe publicar la regla final en el Registro Federal, junto con una explicación de la norma y las razones para implementarla. OSHA también puede publicar una determinación de que no es necesario emitir ninguna norma, pero eso parece poco probable si no hay un cambio en la administración.

2. Descripción general de la norma propuesta y el HIPP

La regla propuesta presenta muchos de los mismos requisitos que las regulaciones sobre enfermedades causadas por el calor en interiores y exteriores de California. Se aplica a empleadores con empleados que trabajan en interiores o exteriores donde el índice de calor alcanza los 80°F o más durante más de quince minutos en cualquier período de sesenta minutos. Los empleadores cubiertos deben evaluar los riesgos por calor, crear e implementar un plan escrito de prevención de enfermedades y lesiones por calor (“HIIPP”) e implementar varias medidas para prevenir y minimizar el riesgo de enfermedades por calor. El HIIPP debe incluir una lista completa que detalla los tipos de actividades laborales cubiertas e incluir políticas y procedimientos necesarios para cumplir con la regla propuesta. También debe incluir la métrica de calor utilizada para monitorear las condiciones de calor. Los empleadores deben revisar y actualizar periódicamente el HIPP. Además, los empleadores están obligados a evaluar y actualizar la efectividad del HIIPP siempre que una enfermedad relacionada con el calor que requiera atención médica resulte en una ausencia del trabajo.

La norma propuesta también exige el desarrollo de planes de aclimatación para trabajadores nuevos o que regresan y que no están familiarizados con el trabajo en condiciones de altas temperaturas. Los empleadores deben brindar capacitación sobre el HIIPP, establecer procedimientos para responder a los signos y síntomas de enfermedades relacionadas con el calor y tomar medidas inmediatas para ayudar a los trabajadores en emergencias por calor. Además, los empleadores deben designar “coordinadores de seguridad contra el calor” y proporcionar a los empleados números de contacto de emergencia e instrucciones claras sobre qué hacer si alguien muestra síntomas de una enfermedad relacionada con el calor.

3. Monitoreo de la exposición al calor

La regla propuesta requiere que los empleadores evalúen y controlen los niveles de exposición al calor. Para las áreas de trabajo al aire libre, los empleadores tienen la opción de utilizar pronósticos del índice de calor local o realizar mediciones en el sitio para determinar cuándo se cumplen los factores desencadenantes de calor inicial y alto. Para los lugares de trabajo interiores, los empleadores deben identificar áreas potenciales de exposición a altas temperaturas y desarrollar un plan de monitoreo integral para garantizar la activación oportuna de medidas de protección. Los empleadores deben monitorear y documentar el índice de calor métrico elegido en su HIIPP.

Según la regla propuesta, hay dos factores desencadenantes separados para iniciar ciertos protocolos de protección, un “activador de calor inicial” y un “activador de calor alto”. El disparador de calor inicial ocurre cuando el índice de calor alcanza los 80°F, mientras que el disparador de calor alto requiere un índice de calor de 90°F. La regla propuesta describe los requisitos del empleador bajo ambos factores desencadenantes del calor. Los empleadores pueden omitir el requisito de monitoreo si asumen que la exposición al calor excede ambos factores desencadenantes y cumplen con los demás requisitos de la regla propuesta.

4. Requisitos específicos para el disparo por calor inicial

Los empleadores deben cumplir con los siguientes requisitos cuando ocurre el desencadenante de calor inicial (índice de calor de 80°F):

  • Provisión de agua potable: Los empleadores deben proporcionar agua potable a los empleados lo más cerca posible del área de trabajo de los empleados. Los empleadores deben suministrar al menos un litro de agua por empleado por hora sin costo alguno para los empleados. El agua debe mantenerse a una temperatura razonablemente fresca. Los empleadores pueden utilizar enfriadores de agua, jarras aptas para alimentos o agua embotellada.
  • Descansos de enfriamiento: Los empleadores deben permitir y alentar a los empleados a tomar descansos remunerados en áreas de descanso designadas con sombra o con aire acondicionado. En los lugares de trabajo interiores, las reglas propuestas requieren que las áreas de descanso tengan aire acondicionado o estén equipadas con una combinación de mayor movimiento de aire y, cuando sea necesario, deshumidificación. En los lugares de trabajo al aire libre, los empleadores deben garantizar áreas de descanso convenientemente ubicadas, de fácil acceso y equipadas con sombra o espacios cerrados con aire acondicionado. La sombra puede ser natural o creada artificialmente y los empleadores deben considerar el movimiento de la sombra a lo largo del día. Si se proporcionan áreas de descanso con aire acondicionado, dichas áreas deben ser suficientemente espaciosas y accesibles.
  • Aclimatación: La regla propuesta requiere que los empleadores implementen un protocolo de aclimatación para los nuevos empleados y los empleados ausentes por más de 14 días. La regla propuesta ofrece dos opciones para garantizar que los trabajadores se adapten de manera segura a la exposición al calor. La opción A requiere el cumplimiento de medidas desencadenantes de altas temperaturas, como descansos de 15 minutos (que se analizan a continuación) cada dos horas, monitorear los síntomas de enfermedades relacionadas con el calor y proporcionar alertas de peligro, independientemente de la exposición gradual. La opción B permite una introducción gradual al calor, comenzando con una exposición del 20 por ciento el primer día y aumentando diariamente. Existen excepciones a estos requisitos si los empleadores pueden demostrar que un empleado ha trabajado recientemente en condiciones similares o más calurosas y ya está aclimatado.
  • Observación de síntomas: Los empleadores deben capacitar a todos los empleados sobre cómo reconocer los signos y síntomas de enfermedades y emergencias relacionadas con el calor, enfatizando la importancia de la acción inmediata en tales casos. La regla propuesta describe tres métodos para que los empleadores monitoreen a los empleados en busca de signos y síntomas de enfermedades relacionadas con el calor, incluido un sistema de compañeros, observación por parte de un supervisor o coordinador de seguridad contra el calor y un protocolo de comunicación para empleados que trabajan solos. Bajo el sistema de compañeros, los empleados trabajan en parejas dentro de la misma área, utilizando señales visuales y verbales para monitorearse mutuamente para detectar síntomas de estrés por calor. Alternativamente, un supervisor o coordinador de seguridad térmica no puede observar a más de veinte empleados, asegurándose de que estén lo suficientemente cerca para monitorear y comunicarse de manera efectiva con los empleados bajo su supervisión. Para los trabajadores solitarios, los empleadores deben mantener una comunicación bidireccional efectiva, controlándose al menos cada dos horas para garantizar su seguridad.
  • Comunicación efectiva: La regla propuesta enfatiza la necesidad de una comunicación bidireccional efectiva entre empleadores y empleados una vez que se alcanza el desencadenante de calor inicial. Los empleadores deben mantener una comunicación regular y efectiva, que podría incluir comunicación de voz directa, señales con las manos o medios electrónicos como transceptores portátiles o teléfonos, asegurando respuestas oportunas a cualquier problema reportado. Esto incluye el requisito de un método de comunicación para los trabajadores que operan solos.
  • Equipo de protección personal: En particular, los empleadores no están obligados a suministrar equipos de protección personal de refrigeración a los empleados. Sin embargo, si así lo desean, deben asegurarse de que sus propiedades refrescantes se mantengan constantemente durante el uso.

5. Requisitos específicos para el disparador de calor alto

Además de cumplir con lo anterior, los empleadores deben cumplir con los siguientes requisitos cuando ocurre el desencadenante de calor alto (índice de calor de 90°F):

  • Descansos obligatorios de enfriamiento: Una vez que se cumple un factor desencadenante de calor alto, los empleadores deben proporcionar un descanso remunerado de quince minutos por cada dos horas de trabajo. Estos descansos se suman a otros requisitos, como permitir un descanso adicional si es necesario para evitar el sobrecalentamiento. Dichos descansos deben realizarse en áreas de descanso designadas.
  • Alerta de peligro por calor: Los empleadores deben notificar a los empleados sobre las medidas de seguridad clave contra los riesgos del calor, incluida la necesidad de hidratación, el derecho y el requisito de tomar descansos, cómo responder en emergencias por calor y la ubicación de las áreas de descanso y el agua para los sitios de trabajo móviles. Se debe emitir una alerta de peligro antes de que comience el turno de trabajo si se esperan condiciones de calor alto desde el inicio, o tan pronto como se reconozcan dichas condiciones durante la jornada laboral. Los empleadores tienen la flexibilidad de utilizar varios métodos de comunicación para emitir estas alertas, incluidos medios electrónicos, comunicación verbal o colocación de carteles, asegurando que la información sea accesible y comprensible para todos los empleados. La regla propuesta también requiere que los empleadores instalen señales de advertencia en áreas de trabajo interiores donde la temperatura ambiente frecuentemente supera los 120°F.

6. Mantenimiento de registros

Para áreas de trabajo interiores donde los empleados pueden estar expuestos a niveles de calor iguales o superiores al nivel de activación inicial, los empleadores deben crear y mantener registros escritos o electrónicos de las mediciones de temperatura en el sitio. Estos registros deberán conservarse durante un mínimo de seis meses.

7. Capacitación

Los empleadores deben brindar capacitación inicial integral a todos los empleados expuestos a riesgos de calor antes de que realicen cualquier trabajo que pueda exponerlos a altas temperaturas. Esta capacitación debe cubrir la prevención de enfermedades y lesiones relacionadas con el calor, desde la comprensión de los peligros del estrés por calor, el reconocimiento de los signos y síntomas de las enfermedades relacionadas con el calor, la importancia de la hidratación y los descansos, y el uso adecuado del equipo de protección personal. La formación debe realizarse en un idioma que sea comprensible para los empleados.

La regla propuesta también requiere capacitación complementaria en varios casos, como cuando a los empleados se les asignan nuevas tareas que cambian su exposición al calor. También es obligatorio realizar una capacitación de actualización anual para garantizar que todos los empleados, incluidos los supervisores y los coordinadores de seguridad térmica, permanezcan informados sobre los peligros del calor, especialmente antes del inicio de una temporada de calor intenso.

8. Comidas para llevar

Aunque la norma propuesta no entrará en vigor hasta 2025 y probablemente enfrentará varios desafíos legales, los empleadores deben considerar de manera proactiva si existen factores desencadenantes del calor en su(s) lugar(es) de trabajo y si deberán cumplirlos. Además, establecer ciertos protocolos en particular, como proporcionar agua potable y un área para refrescarse (especialmente en lugares de trabajo al aire libre), puede requerir mucho tiempo y esfuerzo. Los empleadores que tengan alguna pregunta sobre el cumplimiento deben consultar con un abogado con experiencia en derecho laboral.

Este artículo no es una declaración inequívoca de la ley, sino que ofrece algunos problemas potenciales para considerar con el abogado. Esto se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento legal ni pretende formar una relación abogado-cliente. Comuníquese con su abogado de Sheppard Mullin para obtener información adicional.

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